La Ley Micaela, también conocida como Ley de Capacitación Obligatoria en Género, es una normativa promulgada en Argentina el 10 de enero de 2019 que establece la capacitación obligatoria en género y violencia de género para todas las personas que se desempeñan en cualquiera de los tres poderes del Estado.
La ley se llama así en conmemoración a Micaela García, una joven entrerriana de 21 años que fue víctima de femicidio en 2017. Tras su muerte, hubo una movilización social que exigió a los organismos del Estado la capacitación en perspectiva de género.
¿Cómo se aplica la Ley Micaela?
La Ley Micaela establece la capacitación obligatoria en la temática de género y violencia contra las mujeres para todas las personas que se desempeñan en la función pública en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Nación, cualquiera sea su nivel o jerarquía. El Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad es el encargado de difundir en su sitio web el grado de cumplimiento de la ley en cada uno de los organismos públicos.
Las capacitaciones son organizadas por las máximas autoridades de los organismos públicos y las organizaciones sindicales correspondientes. Si en esos organismos existen áreas, programas u oficinas de género, las autoridades pueden contar con su colaboración para organizar y cumplir con las capacitaciones. Los organismos públicos pueden hacer adaptaciones de materiales o programas existentes o desarrollar un programa propio, siempre y cuando cumplan con la normativa de los organismos que controlan el cumplimiento de las convenciones internacionales sobre género y violencia contra las mujeres firmadas por Argentina. Si un organismo no tiene un programa para cumplir con las capacitaciones debe utilizar los programas, cursos u otras plataformas de capacitación diseñados por el Instituto Nacional de las Mujeres.
El Instituto Nacional de las Mujeres, por su parte, debe certificar la calidad de las capacitaciones que elabora cada organismo, además de evaluar y difundir el impacto que han tenido las capacitaciones realizadas por cada organismo. La capacitación de las máximas autoridades de los tres poderes del Estado está a cargo del Instituto Nacional de las Mujeres, que en su sitio web debe difundir el grado de cumplimiento de las disposiciones de la ley en cada uno de los organismos.
Según la ley todos los agentes del Estado deben cursar y aprobar todos los años la capacitación. El incumplimiento es considerado una falta grave que incluye sanciones y obstaculiza el ascenso a un cargo superior. Asimismo, los contenidos deben apuntar a la prevención de la violencia de género en todas sus formas, para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollan sus relaciones interpersonales.
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